Semana mundial del parto respetado

por | 20 May 2019

“El poder de parir está en vos”  fue el lema de la  semana mundial  del parto respetado que se llevó a cabo del 13 al 17 de mayo de 2019.

En la Argentina, existe la Ley 25.929 sancionada y promulgada en 2004 y finalmente reglamentada en 2015 la cual defiende los derechos de las madres, los recién nacidos/as y sus familias al momento del trabajo de parto, parto y post parto, donde está detallado los distintos derechos que deben garantizarse a la mujer, el recién nacido/a y su familia.

¿Cuándo un parto es respetado?

Cuando hablamos de parto respetado nos referimos a que la mujer siga su propio ritmo de parto evitando todo tipo de intervenciones innecesarias, así como a decidir la forma de controlar el dolor durante el parto, siempre teniendo en cuenta las características de cada familia, y bridando información para la toma segura de decisiones.

La Ley sobre el parto respetado en la República Argentina (Ley 25.929)

La mujer como usuaria del sistema sanitario tiene derecho, fundamentalmente, a recibir información (existencia de complicaciones, ventajas e inconvenientes de los posibles tratamientos), a decidir libremente la forma y posición en el momento del parto y a ser tratada con respeto y consideración de sus pautas culturales.

  • Ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar, de manera que pueda optar libremente cuando existieren diferentes alternativas.
  • Ser considerada en su situación, respecto del proceso de nacimiento, como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.
  • Al parto natural, respetuoso de los tiempos biológicos y psicológicos, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no esté justificado por el estado de salud o de la persona por nacer.
  • A estar acompañada por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de parto, parto y postparto.
  • A tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.

Atención segura en el período perinatal

En los últimos años se han logrado grandes avances en materia de garantía de derechos en los servicios de salud. Sin embargo, todavía es necesario reforzar y difundir los aspectos centrales de este Ley para su cumplimiento efectivo. El camino es que todos los involucrados en el proceso de atención de la madre y el recién nacido conozcan sus derechos, los garanticen y/o los defiendan.

Un aspecto prioritario en el cumplimiento del “parto respetado” es brindar un parto seguro, y para ello es necesario que sea institucionalizado. El único lugar donde se pueden brindar seguridad y derechos es en un centro de salud.  Muchas de las muertes de los recién nacidos y de sus madres pueden prevenirse si los chicos nacen en un lugar adecuado, donde se aseguren Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales (CONE) definidas por la Organización Mundial de la Salud. Las CONE constituyen recursos humanos, físicos y económicos que deben estar presentes en todos los centros e instituciones donde nacen los niños y niñas, para garantizar la mayor seguridad en la atención materno-infantil al momento del parto.

En este sentido, el rol de las y los obstétricas/os es fundamental en la atención del pre-parto, parto y puerperio, siendo facilitadores en el cumplimiento de los derechos mencionados. En este sentido, el proyecto de Ley que regula el ejercicio profesional de Obstetricia, con media sanción por parte de la HCDN, traerá una mejora en la calidad de atención para las mujeres, sus hijos y sus familias, como así también brindará un mayor marco regulatorio y protector legal a las Obstétrico/as.

La OMS considera que esta profesión salva vidas tanto de las mujeres como de los recién nacidos/as, pues su atención disminuye considerablemente los índices de intervenciones y medicalización de rutina, lo que conlleva un mayor reporte de bienestar físico, emocional y psicológico y satisfacción con respecto a la experiencia de la maternidad. Esto se traduce en salud y bienestar a corto, mediano y largo plazo de toda la población.

 

La mujer y la familia como principales actores del nacimiento

A pesar de este marco legal que propone soluciones a la situación de muchas mujeres que enfrentan un embarazo en situaciones de vulnerabilidad, todavía hay varios indicadores que nos alertan sobre la necesidad de seguir trabajando intersectorialmente para mejorar la salud de la mujer y del recién nacido: elevado porcentaje de cesáreas, accesibilidad cultural y económica; educación y atención en salud reproductiva pre-concepcional, prenatal, perinatal y postnatal;  alta tasa de embarazo adolescente, abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, entre otras.

Esto implica  trabajo basado en un modelo de continuidad asistencial impulsada por parteras, el cual incluye: la continuidad de la atención; el seguimiento del bienestar físico, psicológico, espiritual y social de la mujer y la familia durante todo el ciclo de la maternidad; la provisión de educación, orientación y atención prenatal individualizadas a cada mujer; la asistencia durante el trabajo de parto, el parto y el período inmediatamente posterior al parto por parte de una partera conocida; el apoyo constante durante el período posnatal; la reducción al mínimo de las intervenciones tecnológicas que sean innecesarias; y la identificación, derivación y coordinación de la atención en el caso de las mujeres que requieran atención obstétrica u otro tipo de atención especializada, creemos que de esta forma se asegurarán los nacimientos de forma segura, en un ámbito de respeto hacia los derechos de la mujer, el niño y la familia.

Docentes Licenciatura  en Obstetricia – UNViMe.